Ya han pasado unos días desde que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictase la sentencia sobre la doctrina Parot. El furor inicial puede estar un poco atenuado, y por tanto puede ser un buen momento para analizar un poco más fríamente las cosas.
Para empezar, en contra de lo que numerosos desinformadores nos han explicado, lo que desde Bruselas han venido a decir es que las chapuzas no son de recibo. Porque efectivamente, la aplicación con carácter retroactivo de la doctrina Parot es una chapuza desde el punto de vista jurídico; pues no se puede cambiar la ley ni las penas a posteriori; por muy injusta que sea la ley, y por muy disparatadas que sean sus consecuencias. y en el caso de estos etarras, violadores, etc, lo eran y mucho.
El gran problema, y esto es demasiado sencillo de comprender, es que el Código Penal español franquista no se cambia hasta 1995, y se hace durante un gobierno socialista (a quienes ahora se ha acusado de no sé cuantas cosas). Entonces se decide cambiar el cómputo de los beneficios penales, lo cual hace que inmensas sentencias tengan menos beneficios penitenciarios. Todo legal, de hecho, y esto es algo que mucha gente olvida, desde 1995 se viene aplicando esta doctrina sin ningún problema, y su aplicación desde entonces no se ha modificado, ni siquiera tras la sentencia de Bruselas.
Entonces llega la chapuza jurídica que Bruselas no ha permitido, que es ni más ni menos que la aplicación retroactiva de la misma. No debemos olvidar que esta chapuza ha sido avalada por nuestro Tribunal Constitucional y por otras altas instancias judiciales españolas.
Cuando una Ley es injusta, y el cumplimiento de las penas de etarras y otros horribles delincuentes lo era y mucho, no se arregla cambiando las normas de juego sobre la marcha, se hace cambiando la Ley. Eso se hizo en nuestro país en 1995, tras 20 años de democracia, lo cual es indudablemente disparatado (por el intolerable retraso con el que se hizo).
Por tanto, en este caso, nos toca tragar saliva y aceptar con indignación que estos terribles delincuentes sean excarcelados. Lo que debemos aprender es que las chapuzas y las improvisaciones no nos conducen muy lejos. Y este es un comportamiento demasiado frecuente y arraigado en el genoma hispano. De hecho, resulta absolutamente intolerable como algunos responsables públicos y medios de comunicación han abogado por el no cumplimiento de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, es decir, que se propone que una chapuza sea resuelta con otra más grande....algo muy hispano también. Afortunadamente y aunque haya sido a regañadientes, el gobierno español ha decidido acatar la sentencia.
Personalmente me repugna la excarcelación de etarras, violadores y asesinos múltiples, tanto o más como a todos los que se han rasgado las vestiduras últimamente; sin embargo, prefiero ver la botella medio llena. Y prefiero pensar que estos delincuentes han pasado algunos años en la cárcel que no les correspondían gracias a la aplicación ilegal de esta doctrina. Eso me deja un poco más tranquilo.
Otro aspecto de gran trascendencia que ha desvelado todo este asunto, ha sido la capacidad que se han autoatribuido las víctimas para legislar, y para decidir modificaciones de las leyes, y que algunos representantes públicos parecen haber asumido con naturalidad.
Digámoslo claramente, la víctima de cualquier delito no puede legislar sobre ese delito. Eso, que debería estar muy claro en un Estado de Derecho, parece que en este país no lo asumimos así. Entiendo perfectamente que las víctimas reclamen lo que consideren oportuno, ¡faltaría más!; pero de ahí a concederles, por el hecho de ser víctimas, la capacidad para decidir la legislación y las penas que deben cumplir los delincuentes, hay un trecho enorme que no se debería nunca cruzar en un régimen democrático. Y esto es una cuestión que algunos políticos no parecen tener nada claro. Ejemplos a docenas.
Leave a comment